Convocatoria a conformar Veedurías Ciudadanas

Convocatoria a conformar veedurías ciudadanas, convocado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Loja, para el procesos de elecciones convocado, sufragio de 2 de agosto de 2019

Convocatoria a conformar veedurías ciudadanas, convocado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Loja, para el procesos de elecciones convocado, sufragio de 2 de agosto de 2019. 

 

BOLETÍN DE PRENSA No. 12

Convocatoria a conformar Veedurías Ciudadanas

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Loja, de conformidad con lo que establecen los artículos 2 y 29 en su segundo inciso del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, invita a las y los ciudadanos, ya sea de forma individual o colectiva a inscribirse en la veeduría ciudadana para:

  1. Vigilar las elecciones de los representantes de docentes titulares, estudiantes, y, servidores y trabajadores titulares al órgano colegiado superior de la Universidad Nacional de Loja".

Los interesados en participar en la presente veeduría, deberán llenar el formulario de inscripción, adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y de papeleta de votación. Es necesario entregar esta documentación en las oficinas del CPCCS de Loja, edificio Colibrí Of. 25 – 26 segundo piso alto, calle Bernardo Valdivieso, entre 10 de Agosto y José Antonio Eguiguren, teléfono 07 2577 522.

Las inscripciones se recibirán desde el miércoles 24 de julio de 2019 hasta el viernes 2 de agosto de 2019, en horario de 8h30 hasta las 17h00.

De acuerdo con el Art. 7 del Reglamento General de Veedurías, estas constituyen entidades ciudadanas independientes del CPCCS, de la entidad observada, o de cualquier otra institución de la administración pública; por tanto, no existe relación de dependencia laboral entre el CPCCS u otra dependencia del Estado y los miembros de las Veedurías.


Las Veedurías tienen carácter participativo, cívico, voluntario, proactivo y neutral y se realizarán sin perjuicio de la implementación de otro mecanismo de control social simultáneo diferente en la o las instituciones observadas.

Requisitos para ser veedor:

  1. Ser ecuatoriano residente en el Ecuador o en el extranjero, en goce de los derechos de participación;
  2. En el caso de ciudadanos extranjeros, encontrarse en situación migratoria regular en el Ecuador, en ejercicio de los derechos de participación;
  3. En el caso de personas jurídicas u organizaciones de hecho, encontrarse debidamente reconocidas ante las entidades correspondientes, o sus comunidades;
  4. Contar con una carta de delegación en caso de actuar en representación de organizaciones de la sociedad.

Inhabilidades:

  1. Ser contratistas, interventores, proveedores o trabajadores adscritos a la obra, contrato, programa, servicio, proyecto, o concurso objeto de la veeduría, ni quienes tengan algún interés patrimonial directo o se demuestre objetivamente que existe otro tipo de conflicto de intereses en la ejecución de las mismas;
  2. Estar vinculados por matrimonio, unión de hecho, o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el contratista, interventor, proveedor o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa, así como con los servidores públicos que tengan participación directa o indirecta en la ejecución de los mismos;
  3. Ser trabajadores o servidores públicos, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, servicio, contrato o programa sobre el cual se ejercen veedurías;
  4. En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público por la entidad observada;
  5. Adeudar más de dos pensiones alimenticias, conforme certificación judicial;
  6. No haber cumplido con las medidas de rehabilitación ordenadas por autoridad competente en los casos de violencia intrafamiliar o de género.
  7. Pertenecer a más de una veeduría en curso;
  8. Ejercer cargos de elección popular, o ser cónyuge, pareja en unión de hecho, o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad de una autoridad de elección popular, mientras la referida autoridad se encuentre en ejercicio de sus funciones; y,
  9. Ser directivo de un partido o movimiento político.

DELEGACIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN  CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL LOJA

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