Marco histórico La Institución Las Comisiones Actividades  
Primera
Comisión
Segunda
Comisión
Tercera
Comisión
Tercera Comisión

En la gráfica constan de izquierda a derecha:

Dr. Manuel García-Jaén, Comisionado; Dr. Reinaldo Valarezo García, Comisionado;
Dra. Alejandra Cantos Molina, Vicepresidenta; Dr. Ramiro Larrea Santos, Presidente;
Dr. Ramiro Borja y Borja, Comisionado; Ec. Pedro Votruba Schweida, Director Ejecutivo,
Ec. Jorge Rodríguez Torres, Comisionado, Dr. Hermuy Calle Verzozi, Comisionado.


La C.C.C.C. es un organismo constitucional que en representación de la ciudadanía, forma parte del Estado, pero no depende de ninguna Función gubernamental. Los Comisionados son elegidos por siete colegios electorales que representan a la sociedad. Estos son: el Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas, los Colegios de Profesionales Nacionales, los medios de Comunicación Social y los periodistas, las Federaciones Nacionales de las Cámaras de la Producción, las Centrales Sindicales y organizaciones Indígenas, Afroecuatorianas y Campesinas, las organizaciones Nacionales de Mujeres y las organizaciones de Derechos Humanos y de Defensa de los Consumidores.




INVESTIGACIÓN PREVENCIÓN

LOS CASOS MAS RELEVANTES

1. Congelamiento de fondos

2. Caso Filanbanco

       2.1. Ministra Fiscal no emitió oportunamente excitativa en caso Filanbanco
       2.2 La C.C.C.C. solicitó un juicio penal en contra de la Ministra Fiscal General de la Nación

Informe especial del Caso Filanbanco.
30 de Agosto del 2001

3. Caso Banco del Progreso - COFIEC .

4. Caso Banco de Préstamos: aumentaron capital para dar imagen de solidez

5. La C.C.C.C. consideró inconveniente la condonación de deudas

6. Procesos de extradición en contra de los prófugos de la justicia que están en los E.E.U.U.

7. Presuntas irregularidades en el Ministerio de Energía y Minas

8. La C.C.C.C. estará alerta sobre el proceso de contratación del OCP

9. Corrupción en aduanas
       9.1 Resultado del trabajo de la C.C.C.C. en las Aduanas
       9.2 Creciente sistema de evasión tributaria

10. Irregularidades en organismos seccionales

11. Ministerio de Gobierno y Policía:
       11.1. La C.C.C.C. logró destitución del Director del Registro Civil
       11.2. Policía Nacional

12. Corrupción en adjudicación de terrenos públicos

13. Resultados del trabajo de la C.C.C.C. en gráficos


PREVENCIÓN

1. FORMACIÓN CIUDADANA
       1.1. Educación ciudadana para una cultura de la honestidad
       1.2. Periodismo Cívico contra la Corrupción

2. CONTRALORÍA SOCIAL
       2.1 Veedurías conformadas
       2.2. Veedurías con la Fundación Esquel
       2.3. Gobiernos locales

3. OPINIÓN PÚBLICA

4. REFORMAS LEGALES Y COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL


5. CONVENIOS PARA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN


6. REDES CÍVICAS

7. PRESENCIA INTERNACIONAL
       7.1 Convenio de contratación

8. PUBLICACIONES DE LA C.C.C.C.

9. EL DÍA DE RENDICIÓN DE CUENTAS A LA CIUDADANÍA


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1. Congelamiento de fondos

La C.C.C.C. ejecutó una serie de acciones en torno al caso del ex Presidente de la República, Dr. Jamil Mahuad. Una de ellas fue exhortar a la Ministra Fiscal General, Dra. Mariana Yépez, para que emita la excitativa fiscal al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Galo Pico Mantilla, para promover el enjuiciamiento penal en contra del ex Presidente; de la ex ministra de Finanzas Ana Lucía Armijos; del ex Superintendente de Bancos, Dr. Jorge Egas Peña, y de los secretarios de Estado que integraron el Frente Económico, por “congelar” los dineros del Sistema Financiero Nacional, en marzo de 1999.

Este pedido se hizo a la Ministra Fiscal, quien no acogió la solicitud, por lo que la Comisión solicitó al Presidente de la Corte Suprema de Justicia iniciar la acción penal. Esta vez, el pedido fue recogido por el Dr. Galo Pico Mantilla, por lo que se inició el juicio penal en contra de los responsables del “congelamiento”.

Los fundamentos en los que se basó la C.C.C.C. para solicitar el juicio, en primer instancia al Ministerio Fiscal y luego a la Corte Suprema son:

Antecedentes

Al 31 de enero de 2000, los bancos en reestructuración y saneamiento adeudaban al Banco Central del Ecuador cerca de cinco billones de sucres. Y, el Ministerio de Finanzas, hasta enero de 2000, emitió bonos por cerca de 1.500 millones de dólares para que la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) cumpla sus obligaciones.

Por eso, en la Carta de Intención que suscribió el Gobierno Nacional y el Fondo Monetario Internacional, se manifiesta que:

En esa etapa no pudo estimarse con precisión el costo fiscal de la crisis bancaria. Los bonos emitidos por el Gobierno por cuenta de la AGD en 1998- 1999 ascendieron a 1.400 millones de dólares. El programa fiscal contempló una emisión adicional de 300 millones de dólares para capitalizar los bancos en el 2000 y una transferencia presupuestaria a la AGD de alrededor de 155 millones de dólares para cancelar en efectivo los depósitos garantizados de los bancos cerrados. Adicionalmente, se emitieron 811 millones de dólares en bonos para pagar los depósitos garantizados en los bancos cerrados, parte de los cuales se cubrirán mediante la recuperación de activos.

En ese punto, el costo fiscal neto mínimo parecería ascender a alrededor de 2.700 millones de dólares (24% del PIB de 2000) en emisiones de bonos y transacciones en efectivo para pagar las garantías de depósitos, y un costo anual en intereses de aproximadamente 260 millones de dólares (2,4% del PIB).

El Dr. Jamil Mahuad ejerció la Presidencia de la República entre el 10 de agosto de 1998 y el 21 de enero de 2000. Públicamente, se difundió la noticia de que el Dr. Mahuad financió parte de su campaña electoral con la contribución de tres millones cien mil dólares del Dr. Fernando Aspiazu Seminario, Presidente del Banco del Progreso S.A.

Se conoció que personas vinculadas con el sistema financiero nacional privado ejercieron altos cargos en el Gobierno del Dr. Mahuad; como el caso del Ec. Guillermo Lasso, ex Secretario de Economía; del Ing. Alvaro Guerrero Ferber, ex Presidente Ejecutivo del Consejo Nacional de Modernización; y, del Ec. Alfredo Arízaga, ex Ministro de Finanzas.

Esos hechos constituyen indicios de la relación del ex Presidente Jamil Mahuad con ciertas instituciones del sistema financiero nacional.

El 9 de marzo de 1999, el ex Presidente Mahuad decretó el Estado de Emergencia y estableció como zona de seguridad a todo el territorio nacional, disponiendo la movilización de todos los servicios públicos y las requisiciones que sean necesarias de conformidad con la Ley.

Dos días después declaró el estado de movilización a las instituciones financieras nacionales y privadas, sus entidades "off shore", a las sucursales y agencias de las instituciones financieras extranjeras que operan en el Ecuador, a las compañías administradoras de fondos, las de arrendamiento mercantil, fideicomisos mercantiles y las emisoras y administradoras de tarjetas de crédito; así como a las personas naturales o jurídicas que mantengan a la fecha deudas o créditos con ellas.

También sometió con su disposición los depósitos, captaciones y operaciones de crédito directas y contingentes en moneda nacional, moneda extranjera o unidades de valor constante que a la fecha se mantenían en las instituciones financieras.

La Ministra de Finanzas, Ec. Ana Lucía Armijos Hidalgo, fue la que ejecutó el decreto de congelamiento (Decreto Ejecutivo 685).

El Tribunal Constitucional, máxima instancia de apelación, declaró que el entonces Presidente Jamil Mahuad se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales inherentes a su cargo. Además, violentó derechos constitucionales reconocidos por la Carta Política en perjuicio de los habitantes del Ecuador.

La antijuridicidad

El Art. 1 de la Norma Fundamental establece que el Ecuador es un Estado social de derecho. Eso supone que la organización política, si bien instituye los órganos del Poder Público, los limita -formal y materialmente- en su actividad.

En ese contexto, el primer apartado del Art. 119 de la Constitución Política de la República prescribe que las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y los funcionarios públicos no podrán ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley. Lo expuesto equivale a sostener que todo órgano del Poder Público tiene el deber jurídico de enmarcarse dentro de su competencia; de lo contrario, sus actos devienen en injurídicos y, por regla general, constituyen el hecho cuya verificación genera la sanción jurídica.

El Presidente de la República puede decretar el Estado de Emergencia de conformidad con el Art. 180 de la Constitución Política del Estado, si ocurriere alguna de las causales extremas que permite hacer tal declaratoria, pero siempre dentro de un marco jurídico.

En la expedición del Decreto Ejecutivo No. 685 se produjo extralimitación en el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales por parte del Presidente de la República. El Estado de Emergencia tiene su propia normatividad constitucional, legal y reglamentaria y, según el análisis del Tribunal Constitucional, fue violado por el entonces Primer Mandatario, Dr. Mahuad

Al decretar la movilización de las instituciones financieras públicas y privadas y además el denominado “congelamiento” de las acreencias de los clientes de las instituciones financieras, el Presidente Jamil Mahuad se extralimitó en las facultades en el sentido de satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional, pues lo que hizo con el denominado “congelamiento” no fue una requisición sino una afectación a los derechos constitucionales.

El Decreto Ejecutivo No. 685, expedido por el Dr. Mahuad, vulneró derechos constitucionales como el derecho a la propiedad, libertad individual, libertad de contratación, derecho al trabajo, derecho a la calidad de vida, derechos económicos sociales y culturales de los agraviados. Afectó los derechos constitucionales de quienes confiaron en el sistema financiero nacional.

Las violaciones de derechos constitucionales, como consecuencia del Decreto Ejecutivo 685 se enmarcan dentro del tipo penal contenido en el Art. 213 del Código Penal, que precisa que “cualquier otro acto arbitrario y atentatorio contra las libertades y derechos garantizados por la Constitución, ordenado o ejecutado por un empleado u oficial público por un depositario o agente de la autoridad o de la fuerza pública, será reprimido con prisión de tres a seis meses’’.

Los hechos mencionados calificados de antijurídicos se adecuan al tipo criminal previsto y reprimido en el Art. 277, quinto apartado, del Código Penal que determina que son prevaricadores y serán reprimidos con uno a cinco años de prisión.

Responsables y culpabilidad

Por los antecedentes descritos, es evidente que el Dr. Jamil Mahuad Witt, es el autor de varias violaciones a la Carta Magna y a otras leyes, en los términos del Art. 42 del Código Penal, por expedir, en su calidad de Presidente de la República, el Decreto Ejecutivo 685.

La participación de la Ec. Ana Lucía Armijos Hidalgo, ex ministra de Finazas, se inscribiría dentro del grado de autor, con arreglo al citado Art. 42, si se considera la naturaleza y el contenido de las funciones propias del cargo que ostentaba, su proximidad al Jefe del Estado, el influjo de su opinión en decisiones de carácter económico –hechos públicos y notorios-, y suscribió junto con el Dr. Mahuad el Decreto 685.

Los secretarios de Estado integrantes del Frente Económico habrían ajustado su participación al grado de complicidad, descrito en el Art. 43 del Código Penal, puesto que, con arreglo al Art. 34 de la Ley de Seguridad Nacional, tales Ministros tenían la obligación de asesorar al Presidente de la República “... sobre las políticas económicas orientadas al fortalecimiento del país, tanto en la paz como en la guerra.”

Se debe considerar la participación en el presunto ilícito de los ex integrantes del Frente Económico. Con similar análisis, se consideró la participación del Dr. Jorge Egas Peña, ex Superintendente de Bancos.

La culpabilidad de las personas mencionadas, partícipes de la infracción, naturalmente es materia de discusión en la etapa plenaria del enjuiciamiento penal.



2. Caso Filanbanco

2.1. Ministra Fiscal no emitió oportunamente excitativa en caso Filanbanco

La C.C.C.C., el 31 de marzo de 1999, envió al Ministerio Público los resultados de la investigación que realizó con respecto al caso Filanbanco y pidió la formulación de una excitativa fiscal en contra de los ex administradores de la entidad bancaria.

La Comisión señaló que el 28 de febrero de 2000, la Unidad Especial de Investigaciones Financieras de la Fiscalía General elaboró el Informe No. 003-2000 sobre el caso Filanbanco, en el que se analizó ampliamente las irregularidades encontradas en la utilización del crédito otorgado por el Banco Central del Ecuador a la entidad bancaria por un monto de 972.000 millones de sucres.

Según ese informe, las irregularidades constituyeron el delito tipificado y sancionado en el Art. 257 del Código Penal, que se refiere al peculado (manejo arbitrario de los fondos recibidos del Banco Central).

El mismo documento concluyó con la recomendación a la Ministra Fiscal para que dicte la excitativa correspondiente en contra de los partícipes de ese delito, así como la sindicación con prisión preventiva y otras medidas cautelares.

Con base en ese informe el Director de la Unidad Especial de Investigaciones Financieras de la Fiscalía General envió un Memorando en el que señaló que, cumpliendo con lo dispuesto por la Ministra Fiscal, presentó el proyecto de excitativa respecto del caso Filanbanco.

El proyecto de excitativa tuvo como base la documentación remitida el 31 de marzo de 1999 por la C.C.C.C. y recogía los fundamentos del Informe antes indicado, en donde se calificaron los hechos como infracción punible y pesquisable de oficio y se solicitó la expedición del correspondiente autocabeza de proceso, sindicando con orden de prisión preventiva a Roberto Isaías Dassum, Willian Isaías Dassum y Juan Franco Porras, principales ex administradores del Filanbanco.

Además, solicitó la prohibición de enajenar los bienes muebles e inmuebles, la inmovilización de las cuentas bancarias de su propiedad y la prohibición de salir del Ecuador.

La C.C.C.C. ratificó su criterio sobre las funciones cumplidas por la Ministra Fiscal, específicamente en el caso Filanbanco demostrando incumplimiento del deber con relación a su cargo, contrariando el justo reclamo de los depositantes.

También la Comisión recordó que los resultados de las investigaciones de diversos casos de presuntas irregularidades se remitieron a la Ministra Fiscal, sin que los resultados sobre las acciones tomadas sean satisfactorios.

2.2. La C.C.C.C. solicitó un juicio penal en contra de la Ministra Fiscal General de la Nación

La C.C.C.C. solicitó al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Galo Pico Mantilla, iniciar un juicio penal en contra de la Ministra Fiscal General, Dra. Mariana Yépez, y su asesor Dr. Washington Pesantez, por existir indicios del cometimiento de prevaricato tipificado en el artículo 277 apartado 4 del Código Penal, por retardar el ejercicio de la acción penal en contra los ex administradores de Filanbanco, señores Roberto Isaías Dassum, William Isaías Dassum y Juan Franco Porras, permitiendo su impunidad.

La Comisión de Control Cívico de la Corrupción solicitó al Congreso Nacional que, luego de un debido proceso, censure a la Dra. Mariana Yépez y la destituya del cargo, por no cumplir con las obligaciones que el cargo que ostenta le exige, favoreciendo la impunidad y violando la Constitución y la Ley.

3. Banco del Pprogeros pagó a COFIEC acciones que no le fueron entregadas.

Después de investigar las negociaciones de la compra de acciones de Cofiec, entre el Banco del Progreso y miembros de la familia Avellán Arteta, la Comisión de Control Cívico de la Corrupción (C.C.C.C.) solicitó a la Ministra Fiscal General y a la Directora del Servicio de Rentas Internas que tomen las acciones necesarias para determinar responsabilidades y el cobro de impuestos.

En la investigación se determinó dos momentos. El primero, cuando la familia Avellán adquirió las acciones de Cofiec, a través de una simulación de inversión extranjera con el Banco de Boston, para lo que utilizó empresas del grupo Avellán; y, el segundo, cuando la familia Avellán vendió las acciones de Cofiec al Banco de Progreso, para la fusión de las dos entidades financieras; negociación que nunca se concretó porque el Banco de Progreso dejó de funcionar.

La familia Avellán, mediante la participación de sus empresas, Haussner Tradings S.A. y Adelca, vendió las acciones de Cofiec, equivalentes al 72,485% del capital suscrito de Cofiec, al Dr. Fernando Aspiazu Seminario y al señor Ernesto Balda Hernández. El precio de la venta de las acciones fue de 37’607.109,32 dólares, pagado íntegramente a los vendedores. No obstante, las acciones nunca se transfirieron al Banco del Progreso.

El 25 de noviembre de 1998, se firmó el contrato de fusión entre los accionistas mayoritarios de Cofiec (familia Avellán) y el Banco del Progreso; sin embargo de lo cual, los directivos del Progreso desde el 23 de noviembre del mismo año hasta el 18 de febrero de 1999, realizaron 11 transferencias económicas a favor de Houssner Trading S.A. Los señores Fernando Aspiazu y Ernesto Balda pagaron las acciones de Cofiec a Houssner Trading S.A. con cheques del Banco del Progreso y no personales, a pesar de que dichas acciones no las compraba el banco como parte de su patrimonio, por lo que se determinaron indicios de peculado bancario, establecido en el Art. 257 del Código Penal.

También se presumió abuso de confianza de los antes mencionados directivos del Banco del Progreso por utilizar, para un fin diferente del objetivo de la entidad, los dineros de los depositantes. Este delito está tipificado el Art. 560 del mismo cuerpo legal.


4. Caso Banco de Préstamos: aumentaron capital para dar imagen de solidez

La Comisión, luego de investigar el caso del Banco de Préstamos sobre el aumento de capital para brindar una imagen consolidada, remitió los resultados de su trabajo al Ministerio Público por presumir delito de abuso de confianza, tipificado en el artículo 563 del Código de Procedimiento Penal. Los presuntos responsables serían los ex administradores del Banco, quienes habrían engañado a los depositantes y al público ecuatoriano.

El Organismo de Control determinó que los ex administradores del Banco difundieron públicamente el aumento del capital pagado de la institución en 160 mil millones de sucres, es decir, de 220 mil a 380 mil millones de sucres, monto que nunca se efectivizó.

La Superintendencia de Bancos -el 17 de junio de 1998, mediante la Resolución SB-INBGF-98-07799- autorizó el incremento por un valor de 130 mil millones de sucres. Con este monto, el capital del banco se fijó en 350 mil millones de sucres; sin embargo, los ex-administradores de la entidad bancaria anunciaron a sus clientes, a través de una publicación en los diarios del país, un incremento de 160 mil millones de sucres de capital pagado.

Las autoridades del Banco de Préstamos buscaron dar una imagen de solidez, porque con el supuesto incremento del capital, el banco pasó a ocupar el cuarto lugar en la lista de instituciones financieras sólidas del país.

No obstante, los ex administradores no efectivizaron el pago del capital ni siquiera los 130 mil millones de sucres autorizados por la Superintendencia de Bancos, a pesar que lo anunciaron por la prensa el 22 de junio de 1998.

Dos meses después - 24 de agosto de 1998 – el Banco de Préstamos entró en proceso de liquidación, defraudando a miles de clientes. El Ministerio Público tramitó el pedido de la Comisión y el caso se encuentra en la Función Judicial.

5. La C.C.C.C. consideró inconveniente la condonación de deudas

La C.C.C.C. analizó el Decreto Ejecutivo No. 1115 del 9 de enero de 2001, en el que, al reglamentar la reestructuración de pasivos del sector productivo con las instituciones financieras, se incluyó la posibilidad de “remitir” el capital y/o los intereses de las deudas para el sistema financiero nacional.

Jurídicamente, remisión es igual que condonación y constituye, de acuerdo con el Código Civil, una forma de extinguir las obligaciones (deudas), por lo que su efecto es igual al del pago.

Por eso, la Comisión solicitó al Presidente de la República eliminar el Decreto que permitía la condonación del capital y/o de los intereses de los deudores del sistema financiero porque es lesivo a los intereses nacionales, si se considera que la Ley para la Transformación Económica del Ecuador (Trole 1), en su quinta disposición transitoria agregada, señala que la reprogramación de pasivos comprende, exclusivamente, el refinanciamiento o la reestructuración de plazos y tasas de interés y no el capital.

Si el Gobierno mantenía vigente el texto del Decreto Ejecutivo 1115 que permitía la ilegalmente condonación de las deudas de más de US$ 50.000, se hubiese disminuido el patrimonio de las instituciones del sistema financiero en poder del Estado.

6. Procesos de extradición en contra de los prófugos de la justicia que están en los Estados Unidos

La C.C.C.C. solicitó al actual Presidente de la República, Dr. Gustavo Noboa Bejarano, que plantee ante el Gobierno de los Estados Unidos la solicitud de extradición en contra de aquellas personas que se encuentran en su territorio y que, actualmente, se hallan prófugos de la justicia ecuatoriana.

La Comisión expuso este mecanismo de acuerdo al Tratado de Extradición, suscrito el 28 de junio de 1872 y al Tratado Complementario del 22 de septiembre de 1939 con los Estados Unidos. Adicionalmente, se dirigió a la Embajada de los EE.UU. en el Ecuador, para solicitar la reciprocidad en el combate contra la corrupción.

La Comisión recordó que en Estados Unidos están refugiados 80 prófugos de la justicia, entre los que constan el ex Presidente Mahuad, su Ministra de Finanzas y los miembros de su Frente Económico, banqueros y administradores de los organismos de control financiero. Todos por delitos económicos y contra la administración pública.

7. Presuntas irregularidades en el Ministerio de Energía y Minas

La Comisión de Control Cívico de la Corrupción investigó la supuesta vinculación del Ing. Pablo Terán Rivadeneira, Ministro de Energía y Minas del Ecuador, con sociedades que mantienen intereses empresariales en las áreas de competencia propias de su cartera de Estado.

En este caso, la Comisión determinó que:

El Ing. Terán hasta el 13 de abril de 2000 era el apoderado de Compañía Odin Mining International. Sin embargo, mediante escritura pública del 22 de agosto de 1996, delegó las facultades a través de un poder general al Ing. Mauricio Ledesma Gándara.

El 6 de septiembre de 1998, la Junta General de Accionistas de la Compañía Odin Minning International Inc. aceptó la renuncia del Ing. Pablo Terán Rivadeneira al cargo de apoderado general de la compañía. En su reemplazo se le otorgó poder general al Ing. Mauricio Ledesma Gándara.

Sin embargo, el Ing. Ledesma, mediante oficio del 10 de abril de 2000, comunicó al Ing. Terán que ‘’el mencionado poder no se regularizó oportunamente por falla de comunicación con nuestros abogados en Panamá. Una vez superados dichos inconvenientes se ha procedido a realizar el trámite de inscripción en el Registro Público de ese país, el mismo estimamos se encontrará perfeccionando a más tardar hasta el día 20 de abril de 2000”.

Por lo expuesto, el poder otorgado a favor del Ing. Ledesma no cumplió con los requisitos legales como son: la calificación por parte de la Superintendencia de Compañías y la posterior inscripción y publicación, según lo dispone el artículo 428 de la Ley de Compañías. La Superintendencia de Compañías confirmó, mediante certificación, que hasta el 13 de abril de 2000, el Ing. Pablo Terán constaba como apoderado de la Odin Minning International Inc.

También la Comisión indicó el conflicto de intereses por parte del Ing. Pablo Terán como Ministro de Energía y Minas, hecho que infringe el artículo 178 de la Constitución Política de la República, particular que se informó a las autoridades correspondientes.

La Comisión, días después del primer pronunciamiento, ratificó su información sobre el Ministro Pablo Terán y dejó claro que sus resoluciones se toman con la responsabilidad, que evita el apresuramiento y el error, si se considera que la honra ajena es muy importante para quienes conforman esta Institución de Control.

El caso fue puesto en conocimiento de la Presidencia de la República, sin recibir ninguna respuesta al respecto. Además, se remitió el pronunciamiento de la Comisión a la justicia.

8. La C.C.C.C. estará alerta sobre el proceso de contratación del OCP

La contratación y construcción del nuevo Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), una de las más grandes obras del país, es también preocupación de la Comisión que se mantiene alerta a la ejecución de esta obra, así como de que los contratos contengan los elementos y condiciones que aseguren los intereses del Estado.

Como parte del proceso de seguimiento de la construcción del OCP, la C.C.C.C. organizó una veeduría ciudadana para los temas ambientales que implican la ejecución de la obra, la misma que se encargará de vigilar las actividades en este campo.

9. Corrupción en aduanas

9.1 Resultado del trabajo de la C.C.C.C. en las Aduanas

Desde su creación hasta la actualidad, la Comisión investigó una serie de actos de corrupción cometidos en las Aduanas del país. Solo en el año 2000 estos actos dolosos en el comercio exterior (Importaciones y exportaciones), ocasionaron una pérdida al Estado ecuatoriano que sobrepasa los 400 millones de dólares por evasión fiscal. Este valor se desprende de las comparaciones entre las cifras globales del comercio exterior entre el Ecuador con sus principales proveedores foráneos.

Durante el año 2000, la Comisión investigó 25 casos de oficio, que constituyeron un considerable perjuicio económico en materia fiscal. Los informes se remitieron a las autoridades y jueces correspondientes para su sanción y recuperación y, hasta la fecha, no existe una respuesta efectiva por parte de las funciones de Estado.

A esos casos, se suman las acciones preventivas y recurrentes realizadas por la Comisión, las mismas que se trasladaron a las autoridades de la Corporación Aduanera Ecuatoriana y del Servicio de Rentas Internas para que adopten las medidas necesarias para precautelar los intereses del Estado.

La Comisión lamentó que esos recursos que pudieran ser destinados para obras sociales en los sectores pobres del país, sirvan para el enriquecimiento ilícito de las personas naturales o jurídicas involucradas, incluyendo los funcionarios que pudieren ser cómplices o encubridores.

9.2 Creciente sistema de evasión tributaria

La figura legal "menaje de casa" es utilizada regularmente para ingresar mercancías al Ecuador sin pagar impuestos. Esta es una práctica frecuente por personas vinculadas a las embajadas acreditas en el Ecuador, según las investigaciones de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción,

El “menaje de casa”, según el Art. 39 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Aduanas, comprende bienes muebles para sala, comedor, dormitorio, cocina u otras habitaciones del hogar del viajero; juguetes, equipos deportivos personales, libros, objetos de arte, aparatos manuales, aparatos eléctricos y electrónicos, entre otros artículos de uso doméstico, siempre que por su cantidad no llegue a montos comerciales, por parte de personal diplomático.

Cuando la Comisión verificó el contenido de los contenedores que ingresaron con esta figura legal encontró artículos que no correspondían a “menaje de casa” sino a mercancías. Según las investigaciones de la C.C.C.C., hay varios casos de este tipo que se tramitan en los juzgados del país.

10. Irregularidades en organismos seccionales

Las irregularidades que la Comisión detectó en los municipios y consejos provinciales del país son:

Samborondón, (Guayas) un presunto uso ilegal de bienes públicos.
Zaruma (El Oro) presuntas irregularidades en obras ejecutadas por el Alcalde.
Riobamba (Chimborazo) presunto perjuicio al Estado en la contratación de la construcción del alcantarillado pluvial.
San Pablo (Los Ríos) indicios de irregularidades en el proceso de adjudicación para la construcción de un puente sobre el río San Pablo.
Zapotillo (Loja) indicios de peculado y falsedad en el proyecto de riego Zapotillo.
Consejo Provincial de Loja adjudicó ilegalmente contratos para adquisición de equipo caminero.
Pedro Vicente Maldonado (Pichincha) indicios del cometimiento del delito de concusión en contratos para ejecución de obras.
Muisne (Esmeraldas) presuntas irregularidades cometidas por el Alcalde y varios funcionarios del Municipio.
Tena (Napo) abuso de fondos públicos en construcción de aulas escolares y adjudicación ilícita de contratos.
Santo Domingo de los Colorados (Pichincha) indicios de negligencia y de responsabilidades administrativas en ejecución del proyecto de agua potable Toachi – Miravalle.

11. Ministerio de Gobierno y Policía:

11.1. La C.C.C.C. logró destitución del Director del Registro Civil

El ex director del Registro Civil del Ecuador, Sergio Plaza, suscribió nueve contratos para la compra de insumos inobservando disposiciones de la Ley de Contratación Pública, por lo que la Comisión de Control Cívico de la Corrupción solicitó al Ministro de Gobierno la remoción del funcionario y el inicio de acciones administrativas en contra de quienes participaron en el presunto ilícito.

El proceso comprendía la adquisición de varios insumos, pero se determinó que el director del Registro subdividió los contratos para evitar cumplir las normas legales vigentes.

La Comisión expresó su satisfacción por la decisión del Ministerio de Gobierno de remover del cargo al Director General del Registro Civil, ante el incumplimiento del artículo 69 de la Ley de Contratación Pública en la suscripción de los contratos.

11.2. Policía Nacional

La C.C.C.C. observó a la Comandancia General de la Policía por subdivisión de contratos

La investigación de la C.C.C.C. determinó que la Comandancia General de la Policía no cumplió con lo que dispone la Ley de Contratación Pública al subdividir contratos y suscribirlos con los mismos contratistas, en las mismas fechas y con el mismo objeto. La subdivisión de contratos significó un mayor egreso a la Institución en perjuicio del Estado.

Según la investigación, la C.C.C.C. determinó que algunas de las casas comerciales, con las que se contrató la compra de equipos, incumplieron los contratos con la Policía Nacional, por lo tanto, esta institución debía terminar unilateralmente los contratos. Además, la entidad policial estaba obligada a remitir la lista de las empresas contratistas incumplidas a la Contraloría General del Estado para que las incluya en el Registro de Contratistas Incumplidos que les prohíbe contratar con el sector público por dos años.

También por el incumplimiento de los contratistas era viable la ejecución de las garantías correspondientes y la demanda por daños y perjuicios, acciones que no se cumplieron.

12. Corrupción en adjudicación de terrenos públicos

La Comisión solicitó al Presidente de la República que disponga la destitución del cargo del Director Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agrario (INDA), Jorge Cevallos Valarezo, quien violó la Ley de Desarrollo Agrario al favorecer a los socios de la Cooperativa de Vivienda 9 de Diciembre de Santo Domingo de los Colorados, con la adjudicación de 82 hectáreas de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Sin embargo, no se procedió a la destitución del funcionario sino que se aceptó su renuncia. La Comisión consideró este hecho como un premio a un mal funcionario y recordó que el ex Director del INDA debe responder al juicio que por excitativa fiscal del Ministerio Público se inició ante el Juez de lo Penal de Pichincha.

Posteriormente, el Ministro de Agricultura, Galo Plaza Pallares, dejó sin efecto la resolución emitida por el ex director del INDA, atendiendo los resultados de la investigación de la Comisión.

13. Resultados del trabajo de la C.C.C.C. en gráficos



Conoció 601 presuntos casos de corrupción, con una frecuencia mensual promedio de 60,1


El 91,7% de aquellos casos fueron conocidos por denuncia y el 8,3% lo fueron por otros medios, tales como noticias de prensa.


De las denuncias presentadas, el 44.9% por ciento fueron admitidas a trámite de investigación y el 55.1% se inadmitieron por diferentes causas a saber:


34.7% por no idoneidad, entendiéndose por aquella -principalmente- la insuficiencia de datos acerca de los hechos; el 61.3% por incompetencia jurídica del Organismo para investigar los hechos; y el 3.9% por falta de oportunidad para la investigación de los mismos.


Sin embargo, a fin de canalizar adecuadamente la confianza de la ciudadanía, el 28.7% de las denuncias inadmitidas por incompetencia se derivaron a los organismos facultados legalmente para conocerlas, principalmente:


Si analizamos comparativamente el flujo de ingreso de denuncias del presente período con los dos anteriores, colegimos que en nuestra gestión se presentan -notablemente- más denuncias que en las anteriores y que, en general, durante el tiempo de existencia de la Comisión se observa una tendencia ascendente


En el período sobre el que informamos, la Comisión investigó y resolvió 99 casos, el 17.2% de los cuales merecieron investigación parcial debido a que respecto de ellos se iniciaron procedimientos judiciales; en tal virtud, la decisión del Organismo consistió en remitir al juez competente las evidencias recopiladas.


De los casos resueltos cuya investigación fue completa, en el 13.4% se dispuso el archivo del expediente, en el 68.3 % se determinaron indicios de responsabilidad y en el 18.3% se extrajeron otro tipo de conclusiones orientadas, fundamentalmente, a evitar la consumación de actos de corrupción



Con miras, bien al juzgamiento y sanción de actos ilícitos, bien a la instrumentación de medidas preventivas o correctivas, la Comisión remitió 54 casos al Ministerio Público, 31 a la Contraloría General del Estado, 25 a la Función Ejecutiva, 12 a la Función Judicial, 9 a los organismos autónomos, 6 a otros organismos de control, 2 a la Función Legislativa y 2 a los organismos seccionales.


El promedio de casos remitidos al Ministerio Público es, respecto de los anteriores, notablemente superior; como lo es, en comparación con el segundo período, el número de casos remitidos a la Contraloría General del Estado. Es evidente, sin embargo, la gran cantidad de casos enviados a ese Organismo de Control en el primer período, lo que resulta explicable, pues en esa época la Comisión
contaba con un marco jurídico más flexible -aunque precario- que permitía la remisión de casos a los organismos competentes, entre ellos, la Contraloría General, sin necesidad de concluir las investigaciones y determinar indicios de responsabilidad, como llegó a ser exigible -luego- con la vigencia de la Constitución del año 98.


Las formas de aparición de la corrupción las hemos clasificado en: política, económica y administrativa. La política se refiere a actos cometidos por autoridades de elección popular y poder de decisión, generalmente para favorecer los intereses de grupos de poder. La corrupción administrativa se produce en la acción u omisión en actividades regulares de la institución por parte de funcionarios de menor nivel para favorecer intereses personales, mientras la economía se realiza por grupos de poder sin intervención de funcionarios públicos.


PREVENCIÓN

TRABAJO DE PREVENCIÓN DE LA C.C.C.C.

El área de prevención es muy importante para la Comisión porque permite anticiparse al cometimiento de actos de corrupción y porque presta apoyo a personas y organizaciones honestas, creíbles y representativas, interesadas en contribuir al combate de la corrupción.

A partir de esas ideas, se construyó una guía de trabajo que se materializa en el Plan Nacional de Prevención, documento que se presentó a la ciudadanía el 13 de diciembre de 2000.

El plan es “un sistema integrado y multilateral con objetivos y acciones para ser implementadas a corto, mediano y largo plazo”. Se fundamenta en tres estrategias globales y confluentes:

1. “Promover la práctica de valores cívicos orientados al fortalecimiento de la ciudadanía y a la participación social en la vigilancia de la gestión pública”. Esta estrategia se orienta a la formación de valores y ética y a la capacitación para la convivencia democrática.

2. “Promover el desarrollo de mecanismos e instrumentos de transparencia y eficiencia en la gestión pública, como un requisito indispensable para la modernización del Estado”. Esta estrategia involucra a las entidades del sector público y se orienta a proponer, con la participación de los actores involucrados, modelos operativos que permitan eliminar los procesos engorrosos proclives a la corrupción y a proponer herramientas de alta tecnología que permitan transparentar los procesos de contratación pública, uno de los estamentos que más pérdidas le ha costado al país. Y,

3. “Promover el fortalecimiento e independencia de los organismos públicos de control y del Poder Judicial para erradicar la impunidad”. Sin duda alguna, uno de los aspectos considerados centrales en el crecimiento de la corrupción en nuestro país es la impunidad, fenómeno complejo que involucra no solamente al Poder Judicial, sino al entramado de normas, leyes, procedimientos, trámites que se suscitan en el Poder Legislativo, en las entidades de control, de fiscalización y de supervisión.

Las tres estrategias orientan el trabajo de Prevención. Cada una atraviesa los objetivos, las metas y las actividades desarrolladas en las siguientes áreas: Formación Ciudadana, Contraloría Social, Opinión Pública, Reformas Legales y Redes Cívicas.

1. FORMACIÓN CIUDADANA

En esta área, se emprendieron los siguientes programas:

1.1. Educación ciudadana para una cultura de la honestidad

Esta línea de trabajo en formación en valores apunta a los sistemas de educación formal e informal, que en una primera etapa, se dirige a la población juvenil entre 14 y 18 años.

El proyecto engloba la producción de una serie de cinco módulos educativos y una Guía para Maestros denominada “Dando y Dando, nuestros deberes, nuestras responsabilidades”, que se ejecutará en – aproximadamente – 76 colegios de 16 provincias del Ecuador, para promover procesos de reflexión sobre deberes y responsabilidades en la población juvenil.

La serie de módulos educativos se presentó a la ciudadanía el 13 de diciembre de 2000, fecha en la que se suscribió un convenio con el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) para la ejecución del proyecto.

1.2. Periodismo Cívico contra la Corrupción

El objetivo de este programa fue incentivar a los periodistas y a los representantes de los diferentes medios de comunicación social para que se involucren en la tarea anticorrupción.

La Comisión firmó un convenio con la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) ante la necesidad de abrir espacios para difundir mensajes que motiven la participación de la sociedad en la lucha anticorrupción.

Sin embargo, no sólo los convenios concentraron las acciones de la Comisión, sino también acercamientos directos con profesionales de la comunicación. El primer encuentro se realizó el 5 de septiembre de 2000, en Portoviejo.

La reflexión se planteó alrededor de dos temas: “El rol de los medios de comunicación social y de los comunicadores sociales en la lucha anticorrupción” y “La ética periodística”.

Dentro de esa directriz, la Comisión presentó el proyecto “Hacia un periodismo cívico” a la Embajada Británica, institución que financió y apoyó la ejecución de dos actividades con cobertura nacional, que tuvieron importantes logros, uno de ellos, la firma de una “Acta de Compromiso” entre la Asociación de Canales de Televisión, la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión y la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos y la C.C.C.C.

Entre los compromisos pactados estaban informar y dar seguimiento a todos los casos sobre corrupción que se tramiten; debatir lo que significa participación, responsabilidad social y cumplimiento de deberes y derechos; velar por los intereses de la población ecuatoriana y no de particulares o de grupo; promover la prevención de la corrupción; impulsar a la justicia para que asuma la responsabilidad de sancionar a los culpables de actos de corrupción y evitar la impunidad; apoyar la reforma legal de la Ley de la C.C.C.C.; difundir campañas de prevención, programas, proyectos o iniciativas de diversos grupos, organizaciones o instituciones para prevenir la corrupción; etc.

La segunda actividad que se ejecutó como parte del proyecto “Hacia un periodismo cívico” fue el seminario que llevó el mismo nombre. Evento realizado el 27 de octubre de 2000 en Quito con la participación de 250 periodistas, comunicadores, catedráticos, estudiantes y representantes de organizaciones sociales de siete provincias del país.

2. CONTRALORÍA SOCIAL

La C.C.C.C. emprendió el proyecto de Contraloría Social en Ecuador “Veeduría Ciudadana, una tarea de todos”. Para ello se organizaron dos talleres de capacitación bajo la dirección del experto colombiano Dr. Gabriel Méndez, quien compartió su trabajo con los ecuatorianos Dr. Nicolás Parducci y Dr. Rodrigo Buchelli.

Los profesionales que asistieron a los talleres comprometieron su apoyo para la ejecución del proyecto en Ecuador. En el seminario de Guayaquil participaron 29 personas de Bolívar, El Oro, Esmeraldas, Los Ríos y Manabí. El Fondo Justicia de la Fundación Esquel, Projusticia y Oxfam – GB apoyaron la ejecución de los talleres.

Posteriormente, y a partir de esa experiencia, funcionarios de la C.C.C.C. desarrollaron varias actividades de información y motivación para conformar veedurías en otras seis ciudades del país: Cuenca, Machala, Loja, Ambato, Esmeraldas y Portoviejo.

El 30 de junio de 2000 se realizó el taller en Cuenca. En el evento, organizado por la Comisión y la Coordinadora Política de Mujeres del Ecuador – Núcleo del Azuay -, como parte del proyecto “Construyendo Equidad de Género”, se discutieron diversas propuestas para la conformación de veedurías. El proyecto tiene financiamiento del Fondo de Equidad de Género de la Acdi.

2.1.Veedurías conformadas

Frente al creciente interés que despertó este mecanismo de control social en la ciudadanía y la necesidad de vigilar los juicios de corrupción instaurados en las cortes de justicia del país, la Comisión firmó convenios con organizaciones no gubernamentales para financiar la conformación de nuevas veedurías.

El 30 de marzo de 2000, firmó convenios de acción con Fundación Futuro Latinoamericano, Fundación Esquel, Centro de Atención y Promoción a la Mujer (CEPAM), Projusticia y AID, para combatir la corrupción.

El 13 de julio del mismo año, la Comisión entregó las credenciales a los representantes de las veedurías ciudadanas creadas para vigilar los procesos judiciales de los siguientes casos: Gastos Reservados que manejó el ex Ministro de Gobierno César Verduga, Filanbanco, Mochila Escolar y Red Peñaranda que se siguen en la Corte Suprema de Justicia.

Posteriormente se conformaron nuevas veedurías para vigilar el desarrollo de los juicios penales que se siguen a los principales representantes de los bancos de Préstamos, del Progreso, Popular y Bancomex; y al proceso instaurado en contra del ex Presidente Jamil Mahuad por el congelamiento de fondos.

Otras veedurías se han conformado para vigilar las obras de reconstrucción vial de la Costa, el proyecto de agua potable de Portoviejo, asuntos ambientales relacionados con la construcción del Oleoducto de Crudos Pesados y construcción del nuevo aeropuerto de Quito.

En la gestión local, la CC.C.C. y la Administración Zonal Centro del Municipio Metropolitano de Quito desarrollaron un proceso de capacitación para crear una veeduría ciudadana que vigilará la adjudicación de los locales de los centros comerciales populares a los comerciantes informales del Centro Histórico.

También se conformó la veeduría para vigilar el proceso de licitación pública para la adquisición de una Red Informática en el Consejo Provincial de Pichincha, la misma que está en funcionamiento.

Por pedido del Movimiento Jubileo 2000 – Guayaquil, se inició la conformación de una veeduría que vigile el proceso de la negociación de la deuda externa.

Con la Coordinadora Política de Mujeres (CPME) se revisó una propuesta para conformar dos veedurías: la primera, para vigilar el cumplimiento de la Ley de Maternidad Gratuita; y, la segunda, para dar seguimiento a la intervención del Ministerio de Salud y otros organismos relacionados con las condiciones sanitarias de las trabajadoras sexuales de Portoviejo.

2.2. Veedurías con la Fundación Esquel

También funcionan Veedurías Ciudadana con apoyo de Fundación Esquel para atender diferentes problemas de gestión local en Esmeraldas, Portoviejo, Loja, Ambato y Quito.

Esto se logró a través de un convenio firmado con la Fundación Esquel en 1999, a través del cual las instituciones se comprometieron a implementar cinco veedurías ciudadanas, con la finalidad exclusiva y temporal de vigilar la gestión pública en aspectos relacionados con el uso apropiado de recursos, bienes, servicios y espacios públicos, para establecer y prevenir actos de corrupción.

Adicionalmente se realizaron otras actividades con la Fundación Esquel y la Coordinadora Política de Mujeres, tanto en Loja como en Portoviejo, para discutir temas que afectan a la sociedad y emprender un proceso de vigilancia en la gestión de gobiernos locales.

La conformación de esa veeduría respondió a la necesidad de los actores sociales involucrados de lograr transparencia en el proceso de adjudicación. La creación de este mecanismo de control social es parte de las acciones del Municipio de Quito en el Plan de Modernización y Reubicación de los comerciantes minoristas de la Zona Centro.

El proyecto, que se desarrolla con el cabildo quiteño incluye la implementación de dos veedurías adicionales para vigilar la construcción del nuevo aeropuerto y el alcantarillado de parte de la ciudad. Las veedurías están en proceso de conformación.

2.3. Gobiernos locales

La Comisión y Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) organizaron el seminario “Hacia un nuevo gobierno seccional”, luego del cual se firmó un convenio el que se comprometieron a coordinar y ejecutar acciones para impulsar la participación de la ciudadanía en la prevención y combate a la corrupción, crear veedurías ciudadanas y diseñar y aplicar un sistema ágil y transparente de contratación pública para la construcción de obras y la adquisición de bienes y servicios.

En esos mismos términos se firmó otro convenio con el Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador (CONCOPE).

3. OPINIÓN PÚBLICA

Este eje de trabajo abre espacios a través de los cuales personas o instituciones interesadas en el tema de la lucha anticorrupción pueden aportar con ideas alternativas a la Comisión.

Por ejemplo, se apoyó el trabajo de los estudiantes del Colegio San Gabriel en la Campaña Anticorrupción; se organizó un foro sobre el tema a través de Internet; junto a la Asociación de Editores de Periódicos del Ecuador, las fundaciones Esquel y El Universo y la Embajada de Estados Unidos, se organizó la Conferencia Nacional “La Participación de la Sociedad Civil en la Lucha Anticorrupción”.

Las actividades del eje de opinión pública concluyeron el 26 de septiembre de 2000 con el respaldo a la campaña que emprendió la Unión Nacional de Periodistas (UNP) “Arriba Ecuador”.

4. REFORMAS LEGALES Y COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL

La Comisión busca cambiar las normas legales que rigen su vida institucional, para ello, abrió procesos que buscan apoyo ciudadano y acción de los organismos a los cuales corresponde ejecutar las reformas.

El primer paso fue aprobar la Doctrina Institucional de la C.C.C.C. que le permitió relacionar su trabajo con otros órganos e instituciones involucradas en el tratamiento de la corrupción en el país.

Sin embargo, el desarrollo del trabajo de la Comisión creó la necesidad de llegar a acuerdos y concretar la coordinación interinstitucional, por lo que se desarrolló un taller de trabajo con el Consejo de la Judicatura y la Corte Suprema de Justicia.

5. CONVENIOS PARA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN

Para lograr un Ecuador con una cultura de honestidad y transparencia, la Comisión suscribió cinco convenios con otras instituciones de control, del sector público y con gobiernos locales.

Los Convenios dirigidos a fortalecer el trabajo de Prevención son con la Asociación de Municipalidades del Ecuador, con el Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador y con el Ministerio de Educación.

También se firmó algunos convenios en busca de fortalecer el trabajo investigativo de la C.C.C.C.

Con la Superintendencia de Compañías para intercambiar información que se requiera para los procesos investigativos y capacitar al personal de la C.C.C.C.

Con la Contraloría General del Estado se establecieron compromisos interinstitucionales en tres puntos: preparar un estudio de carácter jurídico en el que se establezcan los criterios compartidos respecto de la determinación de indicios de responsabilidad penal prevista en el artículo 212 de la Constitución Política de la República, en relación con el sistema de ejercicio de la acción penal; apoyar la expedición de la Ley Orgánica de Control de la Contraloría y el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la C.C.C.C; y, dar un flujo adecuado de información sobre los casos de presunta corrupción y mantener el carácter de confidencial en todas las gestiones conjuntas.

6. REDES CÍVICAS

Este mecanismo es un eje transversal a las otras áreas existentes y busca incrementar el nivel de participación de la ciudadanía, a través de actividades concretas de prevención de la corrupción.

Las rede Cívicas contra la Corrupción se crearon en Quito, Cuenca, en El Oro, Los Ríos, Guayaquil, Portoviejo. Adicionalmente se crearon redes cívicas juveniles en Guayaquil, Loja y Portoviejo.

La primera Red juvenil que se conformó en el país es la de Guayaquil, la misma que tiene gran aceptación. En su lanzamiento participaron alrededor de 1200 personas. En diciembre de 2000, la red rindió cuentas a sus nuevos integrantes para emprender un proceso de evaluación y planificación de trabajo para el 2001.

Entre los logros más importantes de la Red constan: grupos de acción en 10 colegios; un proceso de consolidación de espacios orgánicos previstos en la Red; liderazgo e iniciativa de los jóvenes en la conducción de la Red; producción de materiales de información; socialización de la experiencia de la Red con otras similares; en febrero, marzo y abril de 2000, jóvenes de los colegios de Guayaquil se insertaron en el proceso de capacitación para replicar la experiencia en otras ciudades; después de la constitución formal participan 26 colegios.

7. PRESENCIA INTERNACIONAL

La presencia de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción se fortaleció en el ámbito internacional en este período. En la Cumbre Anticorrupción 2000, que se realizó en Washington, miembros de la Comisión mantuvieron contactos con diversos organismos internacionales para conseguir financiamiento para el proyecto de control del enriquecimiento ilícito, el mismo que despertó interés entre los asistentes de las Naciones Unidas que trabajan en el control y prevención de la corrupción.

La comitiva de la C.C.C.C. estaba integrada por su Presidente el Dr. Ramiro Larrea, Presidente; Dra. Alejandra Cantos, Vicepresidenta; Ec. Jorge Rodríguez, comisionado; y, Dr. Mario Andrade, Director de Desarrollo de la institución.

En la Cumbre Andina Anticorrupción, que se desarrolló en noviembre de 2000 en Cartagena, se conformó el primer Frente Andino para combatir la Corrupción, integrado por representantes de diferentes organizaciones e instituciones de Ecuador, Venezuela, Colombia, Perú y Bolivia, el mismo que trabajará en tres temas puntuales: contratación pública, educación en valores y participación ciudadana.

7.1 Convenio de contratación

Luego de una serie de contactos en México, se firmó un convenio denominado Compranet, un sistema de contratación gubernamental que busca agilizar, transparentar y abrir canales que permitan la libre competencia en la contratación pública, a través de medios electrónicos. Este proyecto se planteó como parte del convenio que la C.C.C.C. firmó con la Secodam de México.

Entre los avances puntuales del proyecto, la Dirección de Desarrollo de la Comisión presentó a la Agencia de Cooperación Suiza para el Desarrollo (COSUDE) una propuesta para implementar el sistema en el país. También firmó convenios para la utilización del sistema de contratación gubernamental con la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) y con el Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador (CONCOPE). Con los que, se comprometió a los gobiernos locales a utilizar el sistema.


8. PUBLICACIONES DE LA C.C.C.C.

El 26 de octubre de 2000 se lanzó la primera publicación de la revista institucional de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción, “RESCATE”, cuyo objetivo es informar trimestralmente a la ciudadanía las diversas actividades que este organismo desarrolla en la lucha contra la corrupción y en prevención. Adicionalmente se han publicado una serie de trabajos, entre otros: Memorias de la Primera Conferencia Nacional Anticorrupción, Memorias hacia un Periodismo Cívico, Vademécum Legal, revistas Rescate N1. N.2 y N.3 y tres Informes de Labores, uno por cada período.

9. EL DÍA DE RENDICIÓN DE CUENTAS A LA CIUDADANÍA

La Comisión de Control Cívico de la Corrupción, como representante de la sociedad, después de 11 meses de labores, rindió cuentas de su trabajo a sus representados.

El 25 de enero, el Presidente de la C.C.C.C., Dr. Ramiro Larrea Santos, presentó el informe de las acciones que la institución ejecutó en el área de investigación ante los delegados de los colegios electorales de las organizaciones sindicales, de los movimientos de mujeres, de los indígenas, de los afroecuatorianos y campesinos, de los derechos humanos y de defensa del consumidor, de las federaciones de las cámaras, de los colegios profesionales y de los centros de educación superior del país. El trabajo de prevención lo presentó la Dra. Alejandra Cantos, vicepresidenta de la C.C.C.C.

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